Emigrar a U.S. mediante una inversión.
Si estás considerando emigrar a los Estados Unidos como inversionista, entonces las publicaciones de esta página web pueden ayudarte. A diferencia de muchos sitios de internet sobre inmigración a U.S., nuestras publicaciones fueron escritas para personas reales, no para abogados. Tratamos de darte una visión realista de tus posibilidades de emigrar con una inversión y cómo tener éxito en alcanzar tus objetivos.
La Ley original de Inmigración a Estados Unidos contiene muchas categorías de posibles visas y green cards, criterios complejos para determinar quién califica y procedimientos de solicitud que requieren mucho papeleo. Así que comenzamos aclarando que aquí solo describimos las visas y green cards que están asociadas a una inversión económica real en Estados Unidos. Luego, también explicamos que debes esperar si presentas una solicitud en base a tu inversión.
Muchas personas descubrirán que no califican para la emigrar a U.S. con base a una inversión en absoluto, o al menos no todavía. Sin embargo, debes saber que una gran cantidad de personas vienen con éxito de otros países a U.S. cada año: muchos miles reciben green cards y otros millones reciben visas temporales (como visas de turista, de trabajo y de estudiante). Piensa en esta página web tu compañera, brindándote consejos e información prácticos y de apoyo a lo largo del camino y ayudándote a encontrar una cálida bienvenida en los Estados Unidos.

¿Buscas un abogado? Pedirle a alguien en quien confíes que te recomiende un abogado, puede ser una buena manera de encontrar ayuda legal. Además, existen dos sitios web: www.lawyers.com y www.avvo.com, que proveen directorios de abogados excelentes y gratuitos. Estos directorios te permiten buscar por ubicación y área legal, y provee información detallada sobre y reseñas de abogados. Ya sea que estés iniciando tu búsqueda o investigando abogados en particular, visita: www.lawyers.com o www.avvo.com.
¿Qué no cubre esta página web?
Aquí encontraras mucha información útil sobre visas de inversionistas. Entonces, se omite todo el resto del sistema de inmigración a U.S. En particular, no tratamos la defensa en caso de remoción y deportación (Definitivamente, tu necesitas ayuda de un abogado si enfrentas procedimientos judiciales de inmigración); tampoco se cubren las implicaciones de la ley de inmigración de las condenas penales; tampoco como solicitar la ciudadanía estadounidense por naturalización.
Aquí inicia tu camino para emigrar como inversionista.
Si ya has intentado investigar cómo emigrar a Estados Unidos, es posible que hayas salido más confundido que iluminado. Hemos escuchado a inmigrantes hacer preguntas frustradas como: “¿Están tratando de castigarme por hacer las cosas legalmente?” o “¡No sé si quieren dejarme entrar o dejarme fuera!”.
El problema es que el sistema de inmigración de Estados Unidos es un poco como una mítica criatura con dos cabezas. Una cabeza está sonriendo y otorgando a las personas el derecho a vivir o trabajar en Estados Unidos, temporal o permanentemente— especialmente las personas que:
- Inyectarán dinero en la economía estadounidense (como turistas, estudiantes, e inversores), o
Pueden llenar los vacíos en la fuerza laboral de U.S. (principalmente trabajadores calificados).
La otra cabeza de esta criatura tiene el ceño fruncido. Tiene miedo de que U.S. sea invadido por un gran número de inmigrantes, por lo que trata de mantener fuera a cualquier persona que:
- No se ajusta a las categorías de elegibilidad limitadas establecidas en las leyes de inmigración de U.S.
- Tiene antecedentes penales.
- Es una amenaza para la ideología estadounidense o la seguridad nacional.
- Ha pasado mucho tiempo en U.S. ilegalmente o ha cometido otras violaciones de inmigración.
- Está intentando cometer fraude para inmigrar, o.
- No ganará suficiente dinero para no necesitar asistencia del gobierno.
No sorprende que estas dos cabezas no siempre trabajen juntas muy bien. Y recientemente, las personas en categorías que alguna vez fueron ampliamente bienvenidos han sido recibidos con creciente sospecha, como aquellos que: se unen familiares cercanos que ya son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes, o que necesitan protección contra la persecución u otras crisis humanitarias.
Tu puedes encontrar que, incluso cuando sabes que tienes derecho a visitar, vivir o trabajar en U.S. y estás haciendo todo lo posible para completar las solicitudes y terminar tu caso correctamente, te sientes como si estuvieras siendo tratado como un criminal. A la cabeza con el ceño fruncido no le importa. Te ve como un número más y no como una gran pérdida si tu aplicación es negada o, literalmente, se pierde en los archivos de miles de otras aplicaciones.

¿Has escuchado que un ciudadano estadounidense podría simplemente invitar un amigo del extranjero para vivir aquí? Esos días se han ido. Ahora, cada inmigrante tiene que encontrar una categoría legal en la que encaje, lidiar con formularios y procedimientos de solicitud exigentes, y pasar controles de seguridad y otros controles.
Algo que necesitas saber.
Tratamos de no usar un lenguaje legal confuso en esta pagina web. Sin embargo, hay algunas palabras que te resultarán útiles, especialmente si consultas otros sitios web.
- Ciudadano (EE.UU.). Una persona que debe lealtad al gobierno de los EE.UU., tiene derecho a su protección y disfruta del más alto nivel de derechos debido a los miembros de la sociedad estadounidense. Una persona puede convertirse en ciudadano estadounidense por nacimiento en los Estados Unidos o sus territorios; a través de padres que son ciudadanos; o por naturalización (después de solicitar la ciudadanía y aprobar el examen de ciudadanía). A los ciudadanos no se les puede quitar el estatus excepto por ciertas razones extraordinarias.
- Inmigrante. Aunque el público en general generalmente llama inmigrante a cualquier recién llegado a los Estados Unidos nacido en el extranjero, el gobierno de los EE.UU. prefiere pensar que los inmigrantes incluyen solo a aquellas personas que han obtenido la residencia permanente o una green card.
- No inmigrante. Toda persona que llega legalmente a los Estados Unidos, pero con la intención de quedarse a corto plazo, se considera no inmigrante. Por ejemplo, los estudiantes y los turistas no son inmigrantes.
- Green Card. Este término del argot se refiere a la tarjeta de identificación (impresa en verde) que llevan los residentes permanentes legales de los Estados Unidos.
- Residente legal permanente. Un titular de la green card. Esta es una persona que ha sido aprobada para vivir en los Estados Unidos por un tiempo ilimitado. Sin embargo, el estatus puede ser retirado por ciertas razones, como haber cometido un delito o haber establecido su hogar fuera de los Estados Unidos. Por lo general, después de cinco años, un residente permanente puede solicitar la ciudadanía estadounidense. Ese número se reduce a tres años si el inmigrante ha estado casado y viviendo con un ciudadano estadounidense todo ese tiempo.
- Visa. El derecho de venir a la frontera y solicitar la entrada a los Estados Unidos. Una visa de inmigrante le permite a alguien ingresar a los EE.UU. de forma permanente; una visa de no inmigrante le permite a uno ingresar para una estadía temporal a corto plazo. Físicamente, la visa generalmente aparece como un sello en el pasaporte del solicitante, otorgado por un consulado de EE.UU. en el extranjero. Tener una visa no garantiza que realmente puedas ingresar a los EE.UU., porque los funcionarios de inmigración de los EE.UU. en la frontera deben darte el permiso final para hacerlo. Pero suponiendo que pases esta inspección, tu visa es su boleto de entrada.
Auto cuestionario de elegibilidad de inmigración en base a una inversión.
Como no sabemos quién eres, vamos a hacer una muy amplia suposición: Estás buscando cualquier forma posible de pasar tiempo en Estados Unidos, preferiblemente de forma permanente. El siguiente cuestionario te ayudará a averiguar para qué tipo de visa o green card podrías ser elegible y qué publicación de este sitio web debes leer para obtener más información.
#1. ¿Eres de Canadá o de México?
Si la respuesta es afirmativa, tú tienes derechos y posibilidades de visado que otros no tienen. Tu debes consultar la publicación “Reglas especiales para negocios de canadienses y mexicanos” sobre las posibilidades de inmigración para canadienses y mexicanos.
#2. ¿Tienes $900.000 o más para invertir en la creación o expansión de un negocio en U.S.?
Si la respuesta es afirmativa, tú puedes ser elegible para una green card basada en inversiones. Tu debes consultar la publicación “Visa EB-5 (Visa de inversionista)” para obtener más información sobre cómo obtener una green card basada en una inversión.
#3. ¿Tienes una compañía en tu país de residencia que pueda establecer una filial en Estados Unidos, y que pueda pedir tu transferencia como dueño, ejecutivo, gerente o empleado con conocimientos especializados ?
Si la respuesta es afirmativa, tú puedes calificar para una visa L-1 (generalmente válida por cinco a siete años). Tu debes consultar la publicación “Visa L-1 (Transferencia Intra corporativa)” para obtener más información sobre cómo obtener visas L-1.
#4. ¿Tienes nacionalidad de un país específico y puedes crear o comprar un negocio en Estados Unidos que realice intercambio comercial entre ese país y Estados Unidos?
Si la respuesta es afirmativa, tú puedes calificar para una visa de inversionista de país con Tratado E-1. Tu debes consultar la publicación “Visa E-1 (Inversionista de país con Tratado E-1)” para obtener más información sobre cómo obtener visas E-1.
#5. ¿Tienes nacionalidad de un país específico y puedes crear o comprar un negocio en Estados Unidos?
Si la respuesta es afirmativa, tú puedes calificar para una visa de inversionista de país con Tratado E-2. Tu debes consultar la publicación “Visa E-2 (Inversionista de país con Tratado E-2)” para obtener más información sobre cómo obtener visas E-2.
#6. ¿Has respondido "NO" a todas las preguntas anteriores?
Tu debes consultar a un abogado especializado en inmigración para revisar otras opciones de inmigración, diferentes a una inversión.
Ahora que tienes una idea general de si calificas para una visa o green card mediante una inversión, debes ir directamente a la publicación relacionada con la visa o green card que te interesa.
- “Reglas especiales para negocios de canadienses y mexicanos”.
- “Visa EB-5 (Visa de inversionista)”.
- “Visa L-1 (Transferencia Intra corporativa)”.
- “Visa E-1 (Inversionista de país con Tratado E-1)”.
- “Visa E-2 (Inversionista de país con Tratado E-2)”.
Si, después de leer los requisitos de elegibilidad detallados, confirmas que calificas, debes hacer una cita con nosotros para iniciar los primeros pasos de tu inversión en Estados Unidos.
¿Qué oficina gubernamental se encargará de tu solicitud de inmigración?
Obtener tu green card o visa de no inmigrante puede requerir tratar con más de una agencia del gobierno de los EE.UU. y tal vez con más de una oficina dentro de esa agencia. Las posibilidades incluyen lo siguiente:
- El Departamento de Estado de EE.UU. (DOS, en www.travel.state.gov), a través de las embajadas y consulados de EE.UU. ubicados en todo el mundo, y su Centro Consular de Kentucky, que maneja la lotería de visas de diversidad y coordina la aprobación de peticiones de USCIS con las embajadas y consulados. Si vienes de fuera de los EE.UU., tratarás principalmente con un consulado de los EE.UU., y si actualmente te encuentras en los EE.UU., es posible que también tengas que viajar a un consulado para completar tu solicitud. No todos los consulados de EE.UU. brindan servicios de procesamiento de visas. Para obtener más información sobre el consulado de EE.UU. más cercano a tu domicilio, consulta la guía telefónica de la capital de tu país o visite www.usembassy.gov. Ten en cuenta que normalmente no puedes solicitar una visa de inmigrante (residencia permanente) en una embajada o consulado de EE.UU. fuera de tu país de origen, a menos que EE.UU. no tenga una relación diplomática con el gobierno de tu país de origen. Es posible que puedas solicitar visas de no inmigrante (como una visa de turista) en un tercer país, siempre que nunca haya excedido el tiempo permitido en los EE.UU., ni siquiera por un día.
- El Centro Nacional de Visas (NVC), una empresa privada contratada por el DOS con el propósito de manejar archivos de casos durante ciertas partes intermedias del proceso de solicitud de green card. Después de que USCIS aprueba una solicitud de visa de un miembro de la familia o una empresa con sede en los EE.UU., el NVC recibe el archivo y maneja el caso hasta que llega el momento de enviar el archivo al consulado de los EE.UU. correspondiente o a la oficina de distrito de USCIS.
- Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS, anteriormente llamado INS, en www.uscis.gov), una agencia del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Incluso si vives fuera de los Estados Unidos, es posible que tengas que tratar con USCIS, especialmente si estás solicitando una green card en lugar de una visa temporal. La mayoría de las solicitudes de green card comienzan cuando un miembro de la familia o una empresa radicada en los EE.UU. presenta una solicitud de visa ante el USCIS. USCIS tiene varios tipos de oficinas que manejan solicitudes de inmigración, incluidos centros de servicio y cajas de seguridad (grandes instalaciones de procesamiento que sirven a una amplia región, que no puedes visitar en persona), oficinas de distrito (que interactúan con el público proporcionando formularios e información y realizando entrevistas ), suboficinas (como las oficinas de distrito, pero más pequeñas y con servicios más limitados), Centros de apoyo para solicitudes (adonde acudes para que te tomen las huellas dactilares y, en algunos casos, para recoger formularios o entregar solicitudes) y oficinas de asilo (donde se realizan entrevistas de las solicitudes de asilo).
- Aduana y Protección Fronteriza (CBP en www.cbp.gov), también bajo DHS, responsable de patrullar las fronteras de EE.UU. Esto incluye reunirse contigo en un aeropuerto u otro punto de entrada a los EE.UU. cuando llegues con tu visa y hacer una última verificación para asegurarse de que la documentación de tu visa esté en orden y que no la hayas obtenido mediante fraude o proporcionando información falsa.
- El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL en www.dol.gov), a través de su Administración de Empleo y Capacitación, en www.doleta.gov. Si tu solicitud de visa o green card se basa en un trabajo con un empleador de los EE.UU., es posible que ciertas partes de la documentación deban ser presentadas y dictaminadas por el DOL. El papel del DOL es asegurarse de que la contratación de trabajadores inmigrantes no dificulte que los trabajadores estadounidenses consigan un trabajo y que se les pague un salario justo (uno que no reduzca los salarios de los trabajadores estadounidenses).
Aunque no necesitas aprender mucho sobre estas diversas agencias, es importante realizar un seguimiento de cuál tiene tu aplicación a medida que se abre camino a través de la canalización. Esto es especialmente cierto si alguna vez cambias tu dirección, porque debes informar a la oficina que realmente tiene el control de su solicitud.

Casi todas las personas deberían consultar a un abogado experto en inmigración antes de presentar una solicitud. A menos que tu caso no presente complicaciones de ningún tipo, es mejor que un abogado te confirme que no has pasado nada por alto. Sin embargo, al prepararte con la información de este sitio web, puedes ahorrar dinero y asegurarte de que estás utilizando un buen abogado para los servicios correctos.
Real Estate Broker Disclaimer
I am not a licensed attorney and cannot engage in the practice of law. I am not a representative of any governmental agency with authority over immigration or citizenship, and I cannot offer legal advice or other assistance regarding immigration.
The following is a Spanish translation of that disclaimer: “Yo no soy un abogado matriculado y no puedo ejercer en la práctica de leyes. Yo no soy un representante de ninguna agencia gubernamental con autoridad sobre inmigración o ciudadanía norteamericana y no puedo proveer consejos legales u otra asistencia con respecto a inmigración.