Una visa E-2 permite a empresarios de ciertos países trabajar en U.S. para un negocio en el que han invertido personas de su país. Algunas personas llaman a la E-2 la mejor alternativa a la residencia permanente, debido a la posibilidad de autoempleo y el número ilimitado de prórrogas. No existen límites en la cantidad de visas E-2 que se pueden emitir cada año.
Características clave de la visa E-2.
Estas son algunas de las ventajas y desventajas de la visa E-2:
- Puedes trabajar legalmente en U.S. para una empresa de U.S. en la que tu u otros ciudadanos de tu país de origen han realizado una inversión en efectivo, siempre que tu país tenga un tratado comercial con U.S.
- Puedes viajar dentro y fuera de U.S. o permanecer aquí continuamente hasta que la visa y el estatus caducan.
- Estás restringido a trabajar solo para el empleador o negocio propio que actuó como tu patrocinador de visa E-2.
- Tu visa inicial puede durar hasta cinco años (dependiendo del país del cual procedes), con posibles extensiones ilimitadas de cinco años.
- Cada vez que ingreses a U.S, serás admitido durante dos años.
- Las visas están disponibles para tu cónyuge acompañante e hijos menores, pero tus hijos no pueden trabajar aquí.
- Tu cónyuge podrá aceptar empleo en U.S.

No confundas las visas de inversionista del tratado E-2 con las green cards a través de inversión, denominadas EB-5. La visa E-2 es un tipo completamente diferente de visa con requisitos completamente diferentes. Por un lado, es una visa de no inmigrante. Todas las visas de no inmigrante son temporales, mientras que las green cards son permanentes. Además, una tarjeta verde a través de inversión requiere una inversión en dólares de $900,000 o más, mientras que una visa E-2 no tiene un mínimo de dólares. No creas que la visa E-2 hará nada en sí misma para ayudarte a inmigrar permanentemente. Hay muchos titulares de visas de no inmigrante E-2 que no pueden aprovechar su negocio como un medio para patrocinar su inmigración. Por otro lado, la visa E-2 es renovable indefinidamente, al menos en teoría, por lo que esto puede ser todo lo que necesitas.
¿Calificas tu para una visa E-2?
Hay seis requisitos para obtener una visa E-2:
- Debe ser ciudadano de un país que tiene un tratado de inversionistas co U.S.
- Debes venir a trabajar a U.S. para una empresa de tu propiedad o una en que al menos el 50% sea propiedad de otros ciudadanos de tu país de origen.
- Debes ser el propietario o un empleado clave del negocio en U.S.
- Tu o la empresa deben haber realizado una inversión sustancial en el negocio de U.S.
- La empresa estadounidense debe ser una empresa activa con fines de lucro.
- Debes tener la intención de salir de U.S. cuando tu negocio en U.S. haya terminado.
Países que tienen tratados con U.S.
Las visas E-2 están disponibles para ciudadanos de países seleccionados que tienen tratados de inversión con U.S. La residencia legal no es suficiente. Con la excepción de los solicitantes E-2 del Reino Unido, no es necesario actualmente residir en tu país de ciudadanía para calificar para una visa E-2. Cuando seas ciudadano de más de una nación, puedes calificar para una visa E-2 si al menos uno de ellos tiene un tratado de inversionista con U.S.
Los países que tienen tratados de inversión en vigor los puedes ver en este enlace: Travel.State.Gov > U.S. Visas > Treaty Countries.
Debido a que las disposiciones de los tratados están sujetas a cambios, asegúrate de que tu país tiene uno en vigor antes de continuar con tu solicitud. La lista completa se mantiene actualizada en el Volumen 9 del Manual de Relaciones Exteriores (Foreing Affairs Manual – Fam), Sección 402,9-10. Puedes encontrar el Manual de Asuntos Exteriores en el sitio web del Departamento de estado: https://fam.state.gov.
La compañía debe ser propiedad de ciudadanos de un país calificado.
Para obtener una visa E-2, debes venir a U.S. para trabajar para un negocio que sea al menos 50% propiedad de ciudadanos de tu país con tratado. El negocio puede ser propiedad de ti u otros. Si el negocio es propiedad en todo o en parte de otros, y algunos o todos ellos ya viven en U.S., es posible que esas personas necesiten tener visas E-2 antes que la compañía pueda actuar como patrocinador E-2 para ti. Específicamente:
- Al menos el 50% de la empresa debe ser propiedad de ciudadanos de un solo país con tratado.
- Los propietarios del único país del tratado deben: (a) vivir fuera de U.S. y ser elegible para la condición de inversionista por tratado, o (b) vivir dentro de U.S. con visa E-2 u otra visa de no inmigrante.
Esta segunda condición puede resultar un poco confusa. Algunos ejemplos pueden ayudar a aclararlo.
EJEMPLO 1: La empresa pertenece al 100% a una persona (no a ti). El dueño es un ciudadano de un país de tratado de inversionistas y vive fuera de U.S. en su país de origen.
En este caso, el propietario no necesita una visa E-2 para que la empresa respalde tu solicitud de visa E-2, pero debe poder satisfacer los criterios para una visa E-2 si él o ella fueran a postularse. En otras palabras, el propietario no puede ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
EJEMPLO 2: La empresa es propiedad a partes iguales de dos personas (ninguna de las cuales eres tú). Cada propietario es ciudadano del mismo país del tratado de inversionistas. Un dueño vive en U.S. con una green card. El otro aún vive en su país de origen.
En este caso, el propietario que vive en el extranjero debe ser clasificable para el estatus E-2. Si, sin embargo, cambiamos este ejemplo para que ambos propietarios vivieran en U.S., el propietario que es titular de una green card no calificaría como un inversionista de tratado, por lo que su o sus acciones no contarían para el requisito del 50% de propiedad. En este caso, el segundo propietario tendría que estar en estado E, o alguna otra visa de no inmigrante.
EJEMPLO 3: La empresa pertenece a partes iguales a 100 personas. 30 propietarios son ciudadanos de un país de tratado de inversionistas en particular, pero viven en U.S.; otros 30 propietarios son ciudadanos del mismo país del tratado de inversionistas y están viviendo en su país de origen; los 40 propietarios restantes son ciudadanos estadounidenses.
En esta situación, si la empresa va a actuar como patrocinador de la visa E-2 para otros, 20 de los 30 propietarios que son ciudadanos del país del tratado de inversionistas, pero viven en U.S. debe tener visas E-2. Recuerda que solo 50 de los propietarios deben ser ciudadanos del país del tratado. De esos 50, cada uno debe vivir fuera de U.S. y ser clasificable para estatus E-2 o vive en U.S. con una visa E-2 u otra visa de no inmigrante. En nuestro ejemplo, 30 viven fuera de U.S. Por lo tanto, solo 20 de los ciudadanos de países con tratados de inversionistas que viven dentro de U.S. necesitan tener visas E-2 para conformar el total necesario del 50% de propietarios calificados.
USCIS permite una prueba diferente en el caso de cotizan públicamente en las que es difícil determinar la nacionalidad de cada accionista. Si las acciones de una corporación se negocian exclusivamente en el país de constitución, se puede presumir que tiene la nacionalidad del país donde se intercambian las acciones.
Tu debes ser propietario del 50% o supervisor, un ejecutivo o empleado clave.
Las visas E-2 se pueden emitir solo a los propietarios principales o empleados clave del negocio calificado, siempre que todos tengan la misma nacionalidad del tratado. Para calificar como propietario principal, debes:
- Poseer al menos el 50% de (y ejercer el control de voto dentro de) la compañía, y
- Desarrollar y dirigir el negocio.
Para calificar como empleado clave, debes ser considerado:
- un ejecutivo o supervisor, o
- una persona cuyas habilidades son esenciales para la empresa.
Definición de ejecutivos y supervisores.
A los efectos de la clasificación E-2, tu puesto ejecutivo o supervisor debe otorgarte el máximo control y responsabilidad del funcionamiento de al menos una parte importante de la empresa. Las autoridades de inmigración aplicarán los siguientes estándares para determinar si una posición determinada se ajusta a los requisitos:
- Una posición “ejecutiva” normalmente le da al empleado una gran autoridad para determinar la política y la dirección de la empresa.
- Un puesto de “supervisor” normalmente implica la responsabilidad de supervisar una parte importante de las operaciones de una empresa y no suele implicar la supervisión directa de empleados de bajo nivel.
Tus habilidades, experiencia, salario y título deben estar a la par con puestos ejecutivos o de supervisión, y el puesto debe llevar autoridad y responsabilidad general en el contexto de la empresa, tales como toma de decisiones discrecional, establecimiento de políticas, dirección y gestión de operaciones comerciales y supervisión de otro personal profesional y supervisor.
Empleados esenciales.
Al exigir que los empleados que no sean ejecutivos o supervisores sean esenciales, las autoridades de inmigración pretenden favorecer a los especialistas sobre trabajadores ordinarios. Las habilidades del empleado no tienen por qué ser únicos en su clase, pero deberían ser indispensables para el éxito de la inversión. USCIS evalúa las habilidades de los empleados caso por caso. Sin embargo, si las habilidades que posee el empleado son comunes o fácilmente disponible en el mercado laboral de U.S., USCIS podría no creer que el empleado es fundamental.
Específicamente, las autoridades de inmigración considerarán lo siguiente para determinar si un individuo que no es ni ejecutivo ni supervisor y que no es al menos propietario del 50%, debe clasificarse como un empleado de E-2 debido a la esencialidad de sus habilidades:
- El grado de experiencia en el área de operaciones involucrada.
- El grado de experiencia y formación con la empresa.
- Si los trabajadores estadounidenses poseen las habilidades o aptitudes del individuo.
- La duración de la experiencia o formación específica del solicitante.
- El tiempo necesario para capacitar a otra persona para realizar el trabajo y deberes del puesto.
- La relación de las habilidades y talentos del individuo con las operaciones de la entidad, y.
- El salario que pueden exigir las calificaciones especiales.
El conocimiento de una lengua y/o cultura extranjera no constituyen por sí mismas el grado de esencialidad requerido.
La inversión debe ser sustancial.
Tu o tu empresa deben haber invertido o estar en proceso de invertir una cantidad sustancial en el negocio de U.S. con el fin de apoyar con éxito una solicitud de visa E-2. “Invertir” significa poner capital o activos en riesgo con el objetivo de generar ganancias (no puedes invertir en una empresa sin fines de lucro). Está bien si el dinero fue regalado o prestado.
El término “sustancial” no está definido en la ley por ninguna medida numérica. Lo que se considera sustancial depende del tipo de negocios. Por ejemplo, un fabricante de automóviles tendrá que mostrar una mayor cantidad en dólares de inversión que una tienda de juguetes al por menor con el fin de cumplir con el requisito de inversión sustancial. Cuanto menor sea el costo del negocio, mayor será el porcentaje de fondos que necesitará invertir para calificar.
El Departamento de Estado aconseja a sus funcionarios consulares que consideren lo siguiente con respecto a si la inversión es sustancial:
- su sustancialidad en sentido proporcional, es decir, comparada con la cantidad que se necesitaría para comprar o crear el mismo tipo de negocio
- si la inversión es suficiente para asegurar tu compromiso con el funcionamiento exitoso de la empresa, y
- si la inversión es de una magnitud que respalde la probabilidad que desarrollarás y dirigirás con éxito la empresa.

Los oficiales de visas a menudo tienen en mente una cifra general de lo que consideran una inversión “sustancial”. Esto es a pesar del hecho de que no existe ningún monto de inversión “mínimo” requerido. Es posible que puedas demostrar de manera concluyente que tan solo $10,000 te permitirá establecer de manera rentable un puesto de limonada en U.S. Sin embargo, es poco probable que el oficial de visas considere tal inversión sustancial. Por lo tanto, la inversión no solo debe ser lo suficientemente sustancial para establecer y sostener la empresa, pero también debe ser una suma significativa por derecho propio. Inversiones por debajo de $100,000, sin importar el tamaño o el propósito del negocio, es probable que reciban un mayor escrutinio por parte de los oficiales de visas. Eso no significa que son imposibles, pero aumentará el riesgo de negación. Debes estar preparado para demostrar a través de un plan de negocios detallado cómo es probable que el negocio crezca rápidamente con el tiempo y ofrecer un estudio comparativo que demuestre que empresas similares en la ubicación propuesta en U.S. han podido crecer a partir de inversiones de capital similares.
El negocio no debe generar beneficios marginales.
Las autoridades de inmigración quieren asegurarse de que tu no estas estableciendo solo una operación menor para generar un sustento de vida para los propietarios y obtener una visa E-2, por lo que requieren que la empresa no sea “marginal”. Es decir, tu negocio debe poder hacer una contribución económica significativa a la comunidad, ya sea de inmediato o al menos dentro de los cinco años desde el comienzo.
Debe ser un negocio activo y de buena fe.
La inversión debe estar en una empresa con fines de lucro que participa activamente en el comercio o la prestación de servicios y que cumple con los requisitos legales para hacer negocios en el estado o región. Inversión en acciones de tesorería, acciones, bonos, y bienes inmuebles no sustentaran una solicitud de visa E-2, ya que no se consideran inversiones “activas”.
La prueba es si la empresa requiere supervisión activa o supervisión ejecutiva en el día a día. Claramente, minoristas, mayoristas y las operaciones de fabricación requieren tal supervisión, mientras que la compra de acciones y la especulación de tierras no lo hacen. Hay algunos tipos de inversiones, especialmente en bienes raíces, donde la línea entre una inversión empresarial calificada y no calificada es difícil de establecer. Por ejemplo, si compras y alquilas una casa individual o un dúplex, este no es el tipo de inversión que respaldará una solicitud de visa E-2, incluso si la cantidad en dólares es adecuada. Si compras y alquilas un edificio de apartamentos de ocho o diez unidades, ese es probablemente un caso marginal. A medida que aumenta el número de unidades de alquiler, la necesidad de la gestión aumenta y el caso de una visa E-2 se vuelve más fuerte.

Debes estar preparado para un escrutinio adicional si basas tu inversión en compra de bienes inmuebles. Si bien es posible que puedas demostrar que la naturaleza del negocio requerirá una gestión diaria, los funcionarios consulares desconfían de los especuladores inmobiliarios que intentan “comprar” una visa E-2 por el precio de compra de su propiedad. Esto es cierto sin importar cuán rico sea el inversionista, y sin importar cuán caro sea la propiedad: las llamadas inversiones “pasivas” no darán lugar a una visa E-2.
Tu intención de salir de U.S.
Las visas E-2 están destinadas a ser temporales. En el momento de tu solicitud, debes tener la intención de salir de U.S. cuando tu negocio allí esté terminado. No es necesario que mantengas una residencia extranjera en el extranjero.
El gobierno de U.S. sabe que es difícil leer la mente. Debes esperar que te soliciten evidencia que demuestre que cuando va a U.S. con una visa E-2, eventualmente planeas irte. En muchas categorías de no inmigrantes, se le pide que muestre prueba de que mantendrá una casa o un apartamento fuera de U.S., lo que indica que eventualmente tiene la intención de regresar a su país de origen. No necesitas tener una casa fuera de U.S. para calificar para una visa E-2, pero ayudaría. Seguramente se te pedirá que demuestres que tienes algunos miembros de la familia, posesiones o propiedades en otro lugar del mundo como incentivo para tu eventual salida de U.S.
Traer a tu cónyuge e hijos.
Cuando calificas para una visa E-2, tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años también pueden obtener visas E-2 proporcionando prueba de su relación familiar contigo. Tu cónyuge, pero no tus hijos, podrán solicitar una autorización de empleo en U.S.
Para aprovechar el derecho al trabajo, tu cónyuge debe, después de llegar a U.S., solicitar un permiso de trabajo. Esto se hace con el Formulario I-765 de USCIS (disponible en el sitio web de USCIS en www.uscis.gov/i-765). Al completar el formulario, tu cónyuge debe escribir “spouse of E-2 nonimmigrant” donde solicita el estado migratorio actual, y “(a) (17)” donde solicita la categoría de elegibilidad.
Tu cónyuge deberá enviar este formulario por correo, junto con un comprobante de su estado de visa, una copia de su I-94, la tarifa de solicitud, y dos fotos estilo pasaporte, al centro de servicio apropiado de USCIS de su región geográfica. Para la dirección y otra información, llame a Información de USCIS al 800-375-5283 o visite el sitio web de USCIS (www.uscis.gov/i-765-addresses).
Resumen del proceso de solicitud de la Visa E-2.
Una vez que hayas abierto una empresa calificada dedicada al comercio entre tu país de origen y U.S, o se te ha ofrecido un trabajo como empleado clave de una empresa calificada propiedad de otros de tu país, obtener una visa E-2 es un proceso de uno o dos pasos, dependiendo de si la estás solicitando desde dentro de U.S. o en un consulado fuera de U.S.:
- Si te encuentras fuera de U.S., debe presentar una solicitud en un consulado de U.S. allí. Si ya se encuentra legalmente en U.S. en algún otro tipo de estatus de no inmigrante, puedes, bajo algunas circunstancias, solicitar un cambio al estado E-2 en una oficina de USCIS dentro de U.S. (Sin embargo, si fue admitido sin una visa, como por Visa Waiver Program, no puedes cambiar tu estado en U.S.)
- Utilizas tu visa para ingresar a U.S. y reclamar tu estatus E-2.

Nada te impide ayudar con las tareas de tu empleador de U.S. durante este proceso de solicitud. Por ejemplo, puedes llenar formularios destinados a ser completados por tu empleador y simplemente pedirle al empleador que los revise y firmarlos. Cuanto menos moleste a tu empleador estadounidense, más dispuesto estará para actuar como patrocinador de tu visa.
¿Necesitas comprar un negocio en marcha para solicitar con éxito la Visa E-2?
Definitivamente, comprar un negocio en marcha es casi la única alternativa para un inversionista que quiera emigrar a Estados Unidos a través de una inversión para una visa E-2. La aprobación de esta visa requiere demostrar que se ha hecho una inversión, suscrito contrato de arrendamiento, obtención de licencias comerciales, contratar empleados y otros gastos inherentes de todo negocio; lo cual privilegia la opción de comprar un negocio en marcha.
En el caso que decidas crear un negocio desde cero en Estados Unidos, será necesario hacer todo el trabajo y gasto de la puesta en marcha y eso puede llevar tiempo, lo cual conspira contra el tiempo limitado de tu estadía como visitante de turismo o negocio.
En resumen, deberías comprar un negocio en marcha para poder obtener una visa E-2, entonces debemos reunirnos para iniciar el proceso de compra de adquisición de este negocio.
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